Inminente aprobación de la ley de reforma urgente del estatuto del trabajador autónomo

13/07/2017

En breve está prevista la publicación de diversa normativa que hará variar muchos aspectos del régimen jurídico actual de los trabajadores autónomos. Estas modificaciones, pendiente de confirmarse, se concretarán seguramente en las siguientes:

 

  • Los profesionales autónomos podrán cambiar hasta 4 veces en el mismo año su base de cotización en función de sus intereses (o ingresos).
  • Los autónomos, con condiciones, podrán darse de alta y de baja en el régimen para que sólo se pague realmente por los días que hayan trabajado.
  • Se ampliará el periodo de disfrute de la tarifa plana de 50 €.
  • Los emprendedores podrán optar de nuevo a la tarifa plana dos años después de haber finalizado la actividad empresarial.
  • Se establecerá también una tarifa plana de 50 € de cuota para las mujeres que se reincorporen al trabajo tras su baja por maternidad.
  • Se aprobará la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
  • Se corregirá la cuota de los autónomos societarios vinculándola a la subida del salario mínimo interprofesional de la forma que se determine en los Presupuestos Generales del Estado (LGPE) cada ejercicio.
  • Se permitirá, con condiciones concretas y estrictas, la compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión de jubilación.
  • Se reducirá el recargo por los pagos a la Seguridad Social hechos fuera de plazo a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.
  • Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluri-actividad sin que tengan que solicitarlo a su instancia.
  • Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades con el fin de mejorar su competitividad y consolidar su actividad empresarial.
  • Se mejorarán las condiciones de los emprendedores con discapacidad.
  • Se facilitará y se permitirá la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
  • Se reconocerá el accidente in-itinere (es decir, de ida o de vuelta al lugar de trabajo) para los autónomos que hayan asumido las contingencias profesionales.
  • Se mejorará su formación en prevención de riesgos laborales.
  • Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía ...- siempre que se trabaje desde casa.
  • Se establecerán deducciones para la manutención cuando afecte directamente la actividad con un límite de 26 euros diarios, siempre que se puedan comprobar. 

 

Contacte con nosotros. En Cànovas le ayudamos.